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Judicial  |  09 abril de 2024  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Casa por cárcel a mujer que mató con su camioneta a don Arles Arbeláez

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El juez primero penal municipal, con funciones de control de garantías de Armenia, aceptó la solicitud de la defensa de enviar a la casa por cárcel a Mellisa Cortés Guzmán como responsable del siniestro vial que generó el deceso de Arles Arbeláez Morales el pasado Viernes Santo de Armenia.

El togado le dio la razón a la defensa manifestando que no existían las pruebas suficientes para enviar a prisión a esta mujer, además señaló que la mujer deberá presentarse ante las autoridades cuando estas la soliciten, permanecer en su casa -en Cajamarca - Tolima-, y que la medida de aseguramiento en su vivienda era urgente y necesaria.

La Fiscalía presentó la apelación de la decisión de primera instancia y se espera la decisión de un juez del Circuito mientras tanto la mujer saldrá de la prisión en la que estaba y será llevada al vecino departamento.

La formulación de imputación quedó en un homicidio culposo agravado. Si la procesada acepta los cargos, obtendría una rebaja del 12.5 % de la pena (no tiene derecho a la rebaja del 50 % porque fue captura en flagrancia) y podría tener una sentencia de cuatro años y 8 días de prisión. Si bien es cierto, en caso tal de que se dé esta posibilidad, Cortés podría ser afectada con medida de aseguramiento preventiva intramural en establecimiento carcelario, en dos años podría solicitar la casa por cárcel y seis meses después la posible redención por buena conducta, según explicaron los abogados consultados por EL QUINDIANO.

Arles Arbeláez Morales

Sandra Urrea, defensa de la conductora que ocasionó la muerte de Arles Arbeláez Morales en un siniestro vial el pasado Viernes Santo en la carrera 19 con calle décima norte de la capital quindiana, entregó sus argumentos del porqué su defendida no debería ir a la cárcel.

La profesional del derecho se basó en la formulación de imputación de homicidio culposo que generó la Fiscalía, cargos que fueron aceptados por Cortés Guzmán.

Indicó que, partiendo del señalamiento hecho por el ente perseguidor penal, el siniestro vial fue un accidente de tránsito, por ende, un hecho circunstancial.

Urrea aseguró que la Fiscalía hizo un correcto juicio de tipicidad y que una medida de aseguramiento preventiva intramural en establecimiento carcelario no cumpliría con lo expuesto por la ley, “no cumpliría ningún fin”.

Lo anterior porque la pena sería de muy pocos años y el delito sería excarcelable o, en su defecto, Cortés saldría muy pronto de prisión y se daría un aparente desgaste de la justicia y del Estado.

Aportó además pruebas como juicios de valor por los vecinos de la conductora, recibos de servicios públicos que indican que el lugar de su residencia es apto para la vigilancia y, señaló, que si bien la sociedad está dolida por lo ocurrido, no se puede decidir por fuera de la norma.

 
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