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Medio Ambiente  |  02 junio de 2023  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Consejo de Estado admitió demanda de nulidad especial sobre concesiones de agua para fines hidroeléctricos en ríos del Quindío

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El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, admitió la demanda de nulidad especial presentada por ciudadanos y organizaciones ambientales del Quindío que busca que se declare la nulidad de las Resoluciones Nos. 1024 y 1025 de 23 de julio de 2010 y 722 de 5 de mayo de 2015 proferidas por la Subdirección de Regulación y Control Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Quindío – CRQ, actos administrativos a través de los cuales se otorgó un permiso de ocupación de cause permanente.

Frente al tema las organizaciones ambientales EcoGénova y EcoPijao indicaron que es la primera vez que un magistrado de la Alta Corte, máxima autoridad judicial de lo contencioso administrativo del país, estudiará la legalidad de estas concesiones de agua en el departamento del Quindío.

“El Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad especial interpuesta por las organizaciones ambientales contra las concesiones de agua sobre 5 ríos del Quindío que la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) otorgó a una empresa privada para la construcción de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH) sobre el río Rojo de Génova, río Santo Domingo de Calarcá, río Verde de Córdoba y río Lejos y río Azul del municipio de Pijao.

Desde el 2010, la autoridad ambiental CRQ dio permiso de ocupación de cauce permanente por 20 años a la empresa privada Energía para el Futuro S.A.S. para los proyectos de PCH mediante las Resoluciones Nº1024 y 1025 de 23 de julio de 2010 y 722 del 2015. Resoluciones que fueron otorgadas bajo irregularidades como lo estipula la Contraloría General de la Nación en el documento Hallazgo Nro. 24 (AD15P2)” indicaron dichas organizaciones ambientales a través de un comunicado.

La CRQ, tendrá un plazo de 30 días para contestar la demanda, al igual que el ministerio público y la empresa Energía para el Futuro S.A.S. como vinculada. Igualmente, la autoridad ambiental del Quindío debe remitir dentro de los mismos términos los documentos administrativos relacionados con las resoluciones demandadas.

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