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Colombia  |  17 marzo de 2023  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Superintendencia de Transporte multa a la Sociedad Puerto Industrial Aguadulce por deficiencia en la prestación del servicio en sus escáneres

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La Superintendencia de Transporte sancionó con multa de $2.285.225.203, a la Sociedad Puerto Industrial Aguadulce S.A. en Buenaventura, por no tener continuidad en los equipos de trazas o escáneres y por deficiencias en la prestación del servicio público portuario en Buenaventura.

La Dirección de Investigaciones de Puertos abrió investigación y formuló cargos porque presuntamente las medidas adoptadas por SPIA no fueron suficientes para garantizar que, durante el periodo comprendido entre junio y noviembre de 2020, los dispositivos de trazas estuvieran a disposición de las autoridades, como parte de los servicios que provee la terminal, con lo cual se afectó la continuidad y eficiencia requerida en la prestación del servicio.

El uso de escáneres no solo es una obligación de Ley, sino que representa una oportunidad para aumentar la competitividad de los puertos nacionales, pues al establecerse como un proceso que garantiza la seguridad, permite que los tiempos de atención de las autoridades mejoren, incrementando la confianza respecto a las operaciones portuarias.

Para la Entidad es claro que a pesar de que SPIA tomó medidas y realizó las gestiones que consideró necesarias, con el fin de mitigar las fallas presentadas en los equipos de trazas, los mismos estuvieron fuera de servicio en el lapso comprendido entre junio y noviembre de 2020. Este hecho representó un problema para las autoridades de control, pues al no contar con los equipos requeridos para realizar las inspecciones, tuvieron que asumir cargas adicionales, como lo fueron el despliegue adicional de personal y el aumento en los tiempos de atención, incluso afectando la celeridad y eficiencia de esas operaciones en la instalación portuaria.

Se pudo establecer que la Sociedad Puerto Industrial Aguadulce S.A., desconoció lo previsto en la norma, pues según se evidenció, no cumplió su obligación de asegurar que en sede de sus instalaciones se tuvieran a disposición los elementos para prestar un servicio público continuo y eficiente.

Igualmente, la Dirección de Investigaciones de Puertos abrió investigación y formuló pliego de cargos contra la Sociedad Puerto Industrial Aguadulce S.A., por presuntamente haber infringido las normas portuarias, en particular, la obligación de garantizar la continua prestación de los servicios las 24 horas del día, todos los días del año; así como, facilitar el libre acceso a la plataforma de agendamiento de citas de enturnamiento.

Esto, debido a que en el lapso comprendido entre el 13 y el 19 de septiembre de 2022, se habría presentado una afectación del servicio público portuario a cargo de SPIA, debido a las fallas que se registraron en su sistema transaccional. Según se conoció, los usuarios no habrían podido acceder a los servicios de la terminal portuaria, en detrimento de la prestación del servicio público portuario.

De la misma manera, la Dirección de Investigaciones de Puertos abrió una investigación y formuló pliego de cargos contra SPIA, por la presunta infracción del régimen normativo portuario, debido a inconvenientes en la planeación y ejecución de las inspecciones previas , de los vaciados de contenedores, de la entrega de estos, en la terminal administrada por SPIA, pues de forma preliminar se pudo establecer que se habría demorado injustificadamente la atención de las solicitudes presentadas por los usuarios.

En el marco de las investigaciones referidas, la Superintendencia de Transporte adelantará las diligencias probatorias que correspondan, en aras de esclarecer los hechos que son materia de análisis.

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