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Colombia  |  07 febrero de 2023  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

¿Daños en el inmueble? Esto es lo que debe saber de la ley que regula los contratos de arrendamiento

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En Colombia, el sector de arrendamiento vivió un antes y un después de la ley 820 de 2003, estableciendo algunas condiciones y criterios básicos respecto a los contratos de arrendamiento, determinando las obligaciones que tienen los arrendatarios y arrendador.

Uno de los cambios más importantes que trajo fue el aumento de canon de arrendamiento que se puede dar, el cual se reajusta cada año. Es por esto que para este nuevo año los arriendos suben hasta un 13,12%, cifra con la que cerró la inflación en el país en 2022. "Previo a la ley se permitía un aumento de hasta el 90% del IPC determinado en el año anterior. No tan distinto a lo que tenemos hoy que se puede aumentar hasta el 100%", explica Martín Monzón, CEO de Fincaraiz.com.co.

Lo que permitió la ley fue aglomerar una serie de artículos, decretos, leyes que estaban dispersos y se habían dado de forma separada en diferentes instancias, donde se aclaró que el contrato de arriendo puede ser oral o verbal mientras el arrendatario y el arrendador se pongan de acuerdo en los siguientes puntos:

  • Nombre e identificación de los contratantes (quienes arriendan el inmueble).
  • Identificación de la parte del inmueble que se arrienda, y si es el caso, de las zonas o servicios compartidos con los demás habitantes del inmueble.
  • Precio y forma de pago.
  • Relación del pago de servicios públicos.
  • Término de duración del contrato.

Así mismo, generó formas para resolver conflictos entre las partes. "Regula conflictos como el no pago del canon, donde existen nuevos procedimientos en los que el dueño puede recuperar el inmueble en hasta 6 meses, antes ese proceso podía demorar hasta 10 años", dice Monzón.

Por otro lado, también se suelen presentar inconvenientes entre el arrendador y el arrendatario a la hora de gestionar una reparación por un daño o problema en el inmueble. Entonces, ¿quién responde por los daños?

Según el portal inmobiliario en la mayoría de los casos es el dueño quien debe responder por los daños, a excepción de que el daño sea causado por los arrendatarios y constituya una reparación que se da por fuera del uso normal o el desgaste usual.

Por lo que los expertos recomiendan que, en caso de haber firmado el contrato con una inmobiliaria de por medio, se debe hacer el pedido para que la entidad evalúe el problema, cotice el arreglo y vea quién lo puede solucionar.

“Si el inmueble tiene un seguro, el dueño puede tener un aseguramiento que puede llegar a cubrir algunas de estas reparaciones dependiendo de la póliza”, afirma Monzón.

Para quienes firmaron el contrato de forma directa con el arrendatario, deberán gestionarlo de igual manera. Finalmente aconsejan que ambas partes se comuniquen antes de firmar el contrato de arrendamiento para evitar a futuro algún tipo de inconveniente.

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