La lucha sindical en el SENA, no era tan notoria en el mundo laboral Colombiano, tal vez por el hecho de ser una entidad estatal que, aunque se financiaba por un aporte de las empresas con base en su gasto de nóminas, con lo cual obtenían una rebaja en sus impuestos por gastos de funcionamiento.
Como había una directa participación de los trabajadores del país, empezó a denominarse, “la Universidad de los trabajadores”, pese a que estaba, o está, adscrita al Ministerio del Trabajo y su presupuesto (que viene, como ya se dijo, del aporte sobre las nóminas), es de ejecución exclusiva para el SENA.
Por esta razón, sus monitores no se consideraban docentes. Eran clasificados como administrativos, cuyo desempeño era dar instrucción técnica, por lo tanto, se denominaron “Instructores”. En la formación siempre estuvo presente la ética Laboral, puesto que sus postulados eran: “Aprender a Aprender, Aprender a Hacer y Aprender a Ser”, que supongo siguen igual, y que significan: Aprender lo teórico, Aprender a aplicar la teoría en el trabajo práctico y Aprender principios y valores de comportamiento de la Ética tanto laboral como ciudadana y social, respectivamente.
Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos, categorías laborales, los primeros, en las áreas operativas de servicios y los segundos Instructores y personal de oficinas, todos, en ese momento, vinculados en procesos de Concurso Público, trámite que no era usual en las entidades del estado.
Creado en 1957, su vida laboral era tranquila hasta que llegó la alocución presidencial de César Gaviria el 31 de diciembre de 1992, cuando leyó una lista de empresas del estado: sector eléctrico, servicios públicos, bancos, y ahí también estaba el SENA, a las que se les cambiaba su vinculación netamente estatal para pasar a algo así como empresas mixtas.
DECRETO 2149 DE 1992
(Diciembre 30)
Derogado por el Artículo 51 de la Ley 119 de 1994.
“Por el cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA”
El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de que trata el mismo artículo.
DECRETA: CAPÍTULO I. NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES
ARTÍCULO 1°. NATURALEZA. El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – es un establecimiento público del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
ARTÍCULO 2°. OBJETO. El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA- está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos y de promover y apoyar el desarrollo tecnológico del sector productivo, mediante la dirección, orientación y coordinación de redes conformadas por entes colaboradores, corporaciones y otras personas jurídicas especializadas, encargadas de impartir formación profesional integral, prestar servicios tecnológicos y administrar sistemas de información para el empleo.
PATRIMONIO Y FINANCIACION
ARTÍCULO 11. PATRIMONIO. Conforman el patrimonio del SENA:
1. Los bienes que actualmente posee y los que reciba o adquiera a cualquier título; 2. Los ingresos generados en la venta de productos y servicios como resultado de acciones de desarrollo tecnológico; 3. las donaciones y contribuciones de terceros y las asignaciones por les de bienes o recursos;
4. Los aportes de los empleadores para la inversión en el desarrollo social y técnico de los trabajadores, recaudados por las Cajas de compensación Familiar o directamente por el SENA, así:
a. El aporte mensual del medio por ciento (1/2%) que sobre los salarios y jornales deben efectuar la Nación y las entidades territoriales, dentro de los primeros diez (10) días de cada mes;
b. El aporte del dos por ciento (2%) que dentro de los diez (10) primeros días de cada mes deben hacer los empleadores particulares, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta, sobre los pagos que efectúen como retribución por concepto de salarios.
5. Las sumas provenientes de las sancione que imponga el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por violaciones a las normas del código Sustantivo del Trabajo y demás disposiciones que lo adicionen o reformen, así como las impuestas por el SENA.
ARTÍCULO 12. ASIGNACION DE RECURSOS. El SENA, a través de la Dirección General, acopiará la totalidad de los recursos financieros de la entidad para asignarlos a los proyectos que ejecute y de esta manera cubrir plenamente los costos que demanden las acciones de formación profesional integral.
ARTÍCULO 15. TERMINACION DE LA VINCULACION. La supresión de un empleo o cargo como consecuencia de la reestructuración del SENA dará lugar a la terminación del vínculo legal y reglamentario de los empleados públicos y a la terminación de los contratos de trabajo de los trabajadores oficiales.
Igual efecto se producirá cuando el empleado público o el trabajador oficial, en el momento de la supresión del empleo o cargo; tenga causado el derecho a una pensión de jubilación, legal o convencional, y se les suprima el empleo o cargo como consecuencia de la reestructuración de la entidad.
ARTÍCULO 16. NUEVAS VINCULACIONES. Los empleados públicos y trabajadores oficiales que sean desvinculados del SENA como resultado de la reestructuración a que se refiere este decreto y se vinculen a las corporaciones o fundaciones sin ánimo de lucro creadas con participación del SENA, de conformidad con la Ley 29 de 1990 y con los decretos que la desarrollan, serán vinculados mediante nuevo contrato de trabajo.
Para estos efectos, el régimen jurídico laboral aplicable en el nuevo empleo o cargo será el régimen ordinario vigente de la persona jurídica con la cual se realice la nueva vinculación, sin que haya lugar a excepciones o condiciones especiales
Quedamos atónitos y sobre todo asustados; pues el acto legislativo era, en materia laboral, algo así como borrón y cuenta nueva. En esa época el SENA cerraba labores por vacaciones colectivas, así es que cuando llegamos, la convocatoria contra el Decreto 2149 de 1992, no se hizo esperar.
Sindesena -Sindicato Nacional de Empleados Públicos del SENA-, enarboló luchas como las de otros estamentos: fuimos a la calle, cerramos los edificios en todo el país, convocamos a los papás y a toda la familia de los aprendices, que son sujetos de formación para el trabajo, a los jóvenes y adultos que estaban en formación y a los que ya habían terminado; es decir, a todo el país trabajador de Colombia y con todo, se creó El Comité Pro Defensa del SENA. Íbamos a cada pueblo, a las veredas, se convocaba a la plaza, nos echábamos el discurso y la arenga contra el decreto y se recordaba la tarea que teníamos todos de defender lo que se había construido hasta ese momento.
En este marco se inició la recolección de firmas: Más de un millón cien mil colombianos respaldaron un proyecto de ley, de “iniciativa popular legislativa”, que buscaba desprivatizar la entidad y preservarla como patrimonio público de carácter gratuito, a través del logro que se constituiría en una de las primeras Leyes de Origen Popular: La Ley 119 de 1994.
Mientras tanto, en un ambiente laboral enrarecido, se participaba con las entidades en las protestas contra el Decreto relacionado con la alocución del 31 de diciembre. que fueron el anuncio de acciones estatales como la venta de empresas públicas y privatización del sector eléctrico, acueductos, sector petrolero y financiero. Se privatizaron (Casilda, Ramón). (2004). algunos bancos, por ser los sectores más dinámicos y menos problemáticos en la economía según lo comentado por Burbano (2005).
La presentación de este proyecto de ley se hizo con toda la difusión posible en la plaza de Bolívar de Bogotá. Se organizó una larguísima fila de aprendices que ingresó a la sesión del Congreso, cada uno con una caja de firmas de respaldo a la ley 119, que defendía los principios, fines institucionales y administrativos que mantenían la formación Profesional del SENA, como base fundamental de su existencia en el servicio que prestaba a los trabajadores, desde la gratuidad y con la directa dependencia estatal.
La lucha mancomunada de cada funcionario y de los colombianos que tenían algún nexo con el SENA valió y fue exitoso, pues se logró la aprobación de Ley 119, que en su artículo 51 derogó el Decreto 2149.
En adelante creo que se perdió el compromiso a salir a participar, o a generar salidas a la calle, a denunciar o a presentar propuestas en cuanto al mejoramiento y fortalecimiento de la institución y el trabajo social que desempeñaba en ese momento y que, por fortuna, sigue haciendo.
Las Asambleas Anuales, evento que se realiza en diferentes ciudades del país, son otra oportunidad para mostrar a la institución, no sólo con los funcionarios sino con la participación de los aprendices.
La fotografía, muestra una manifestación que se llevó a cabo en Bucaramanga para solicitar un escalafón en las diferentes áreas con que funciona el SENA (instructores y apoyos administrativos). Esto en el año 94, estableció un proceso administrativo que determina requisitos para calificar el grado del escalafón en que se ubica el funcionario. Un aspecto significativo, fue tener en cuenta como factor de calificación, además del tiempo de vinculación, la formación académica del funcionario, ya que antes sólo contaba, si tenía relación directa con el área de desempeño institucional.
Otro aspecto importante, fue la vinculación permanente de los aprendices en el desarrollo institucional. Hoy tienen organizaciones que apoyan y presentan proyectos de permanencia en asuntos de mejoramiento institucional,
Fui afortunada por estar presente en momentos importantes de cambios que influyeron y siguen presentes en el SENA, muchas veces conseguidos con las luchas de SINDESENA. Otros logros, son en el diario quehacer ético y entusiasta de todos sus funcionarios, gracias al enamoramiento que se da (y espero se siga dando), cuando se llega; porque el SENA muchísimas veces, por no decir siempre, fue factor de cambios sustanciales en la vida de todos los que tuvimos el honor de prestar nuestros servicios de utilidad a comunidades para las que, en más de una vez, presentar su CAP (Certificado de Aptitud Profesional) expedido por el Sena , era su única oportunidad de acceder a un trabajo calificado.
2 respuestas
Formidable informe. No conocía las cualidades de cronista que tiene Ofelia, poeta por excelencia.
Que buen recuento sobre lo sucedido a través de la historia de una entidad querida por gran mayoría de los colombianos y en especial de quienes tuvimos la oportunidad de recibir formación en sus aulas y luego impartir formación, preparando para el mercado laboral con calidad en la formación, a pesar de lo cual, un inescrupuloso gobernante pretendió privatizar, pero gracias a la ardua lucha de trabajadores y estudiantes se logró eliminar tan nefasto propósito.