La Sección Tercera del Consejo de Estado impuso una multa de $354 millones de pesos al quindiano Bernardo Moreno Villegas, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, al declarar su responsabilidad patrimonial personal, por su participación en las interceptaciones ilegales conocidas como ‘chuzadas’ del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
La condena del Consejo de Estado dice que debe pagar esa multa a favor de la Nación, dentro de una acción judicial promovida por la propia entidad estatal.
Esta condena es el resultado de una demanda de repetición presentada en 2019 por el Dapre, en el Gobierno de Iván Duque, mediante la cual se buscó que Moreno asumiera directamente el pago de una indemnización que el Estado tuvo que cancelar como resultado de las conductas ilegales cometidas contra un exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia.
Esta es la suma, $354 millones, que corresponde a la indemnización que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había ordenado pagar al exmagistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia Sigifredo Espinosa Pérez, en una condena a la Nación, tras los daños causados a raíz de los seguimientos, interceptaciones, actos de asedio y estrategias de desprestigio que fueron desplegados en su contra y contra varios miembros de su familia.
Ordenó las chuzadas
El Consejo de Estado, en su providencia, concluyó que está demostrado que Moreno Villegas ordenó las interceptaciones a las comunicaciones personales del exmagistrado Espinosa Pérez, utilizando para ello la estructura del DAS, a través de María del Pilar Hurtado, que para la época se desempeñaba como directora de esa entidad de inteligencia, hoy liquidada.
Se recuerda que Moreno Villegas fue condenado penalmente a ocho años de prisión en 2015 por la Corte Suprema de Justicia, sentencia que fue ratificada por la misma corporación en mayo de 2024, diez años después de haberse proferido el fallo inicial. Con base en esas decisiones, el Consejo de Estado consideró acreditada su responsabilidad directa en los hechos que dieron origen a la condena patrimonial.
La sentencia también indica que se adelantaron indagaciones sobre un viaje realizado en 2006 por varios magistrados a la ciudad de Neiva, relacionado con el empresario Asencio Reyes, así como la posterior divulgación pública de información con fines de desprestigio. Todo ello ocurrió en un contexto que la Corte Suprema describió como un periodo de enfrentamiento entre el entonces presidente de la República Álvaro Uribe Vélez y el alto tribunal.
El fallo también ordena que, una vez la providencia quede en firme, la Secretaría de la Sección Tercera disponga la entrega al Dapre de los títulos de depósitos judiciales que se encuentren a órdenes del proceso, los cuales provienen de la caución que el demandado había prestado para garantizar el cumplimiento de la sentencia.