El Juzgado Único Penal del Circuito de Conocimiento de Calarcá, declaró la preclusión del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales al exgobernador del Quindío Roberto Jairo Jaramillo Cárdenas, en el caso del estadio de Calarcá.
El exgobernador había sido imputado por tres cargos: contrato sin cumplimiento de requisitos legales en el trámite y celebración del contrato de donación, por parte de la Gobernación de un lote del estadio Guillermo Jaramillo a la Fundación abrazar, de la cual era presidente Jaramillo Cárdenas en el año 2007. Los otros delitos imputados fueron peculado por apropiación agravado y fraude procesal.
Como queda dicho el juez declaró la preclusión del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, pero no se refirió a los otros dos delitos imputados: peculado por apropiación agravado y fraude procesal, en los que fue interviniente Jaramillo Cárdenas, en compañía de la exgobernadora Amparo Arbeláez Escalante.
El juez consideró que los términos para el juzgamiento de este delito habían vencido, pues por ser interviniente, y no actor principal como es el caso de la exgobernadora Arbeláez Escalante, tiene el beneficio de vencimiento de los términos con rebaja de una cuarta parte, lo que implica un tiempo cercano a los 13 años, los que ya pasaron para el juzgamiento. Por tanto, declaró la preclusión que fue solicitada por el abogado defensor. Ni la Procuraduría ni el defensor de las víctimas se pronunciaron y, en cambio, aquella aprobó la decisión del juez.
En tanto la Fiscalía apeló la decisión ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, alegando que la acción no ha prescrito, como lo manifiesta el juez y demostrando argumentos jurídicos sobre el particular.
Como se ha explicado en este medio de comunicación, los hechos investigados ocurrieron en 2007 cuando la entonces gobernadora del Quindío Amparo Arbeláez Escalante tramitó una ordenanza ante la Asamblea Departamental que le permitía transferir bienes y celebró un contrato de cesión gratuita de un predio de más de 19.529 metros cuadrados con la Asociación Abrazar, representada en su momento por el exgobernador Jaramillo Cárdenas.
El inmueble, ubicado en Calarcá, supera en valor los $12.100 millones de pesos, y fue entregado sin costo alguno a la organización particular para que pusiera en funcionamiento sus instalaciones, según lo dijo en su acusación la Fiscal 20.
Dijo que hay elementos de prueba que dan cuenta de inconsistencias en la documentación y requisitos presentados ante la Oficina de Instrumentos Públicos de Calarcá que, presuntamente, indujeron en error a los funcionarios que protocolizaron la tradición del predio.
Lo más delicado de lo revelado por la fiscal es que cuando se dio la enajenación del bien, los contratantes, Amparo Arbeláez y Roberto J. Jaramillo, modificaron el objeto del contrato, cambiaron lo ordenado por la Asamblea Departamental, en el sentido de precisar el lote a entregar. En este sentido, la Asamblea aprobó entregar un lote con un metraje pequeño, y ellos lo modificaron para que fueran los casi 20.000 metros de que consta todo el bien.
Afirmó que la enajenación se autorizó a título de donación para uso exclusivo a la asociación sin ánimo de lucro, Abrazar. Dijo que los contratantes, la exgobernadora Amparo Arbeláez y el exmandatario Roberto Jaramillo, que era el representante legal, modificaron el objeto del contrato en el sentido de precisar el lote a entregar.