Lo que empezó como una tímida reclamación de tres ciudadanos, se está convirtiendo en una las protestas más grandes de la ciudad, alrededor de los altos costos del impuesto predial en Armenia, que han venido apareciendo en los recibos de pago expedidos por la secretaría de Hacienda del municipio para el año 2025.
Un grupo de más de 1.200 ciudadanos se han reunido virtualmente para discutir la situación, con propuestas jurídicas, pero también de hecho, a través de la protesta ciudadana en las calles. Este grupo ha programado para el próximo miércoles 19 de febrero una manifestación pacífica, a partir de las 10 de la mañana, en el parque Fundadores, para hacerle saber al alcalde James Padilla García su inconformidad con el cobro.
A la mayoría de los ciudadanos, el cobro le aumento en un 100% con relación al año inmediatamente anterior, pero existen muchos casos de incremento del 200%, 300% y hasta el $1.000% y el 3.500%. En el mismo sentido, los ciudadanos están inconformes con el reevalúo que se hizo y con las tarifas fijadas.
Comité de Control Predial
Este comité creado ha hecho una serie de análisis sobre el problema del cobro del impuesto predial en 2025. Esos análisis están consignados en un documento que han publicado
Desconocimiento ciudadano
1. Desconocimiento de la comunidad, sobre las implicaciones del incremento desmesurado del avalúo catastral, el incremento a la vez de las tarifas y la liquidación para el cobro del Impuesto Predial Unificado y al no ser notificados sobre estas actuaciones reciben sin entender una liquidación del impuesto con un incremento que sólo lo ajustaron al 100% con referencia al del año anterior, y si los contribuyentes reclaman a la autoridad municipal, reciben sólo la respuesta de que es la Ley, quien autoriza este incremento.
Poca claridad en las facturas
2. Las facturas no son claras en su liquidación, la administración tiene la obligación en las facturas de identificar la base gravable y la tarifa que se aplica para la liquidación del Impuesto Predial y de igual forma las sobretasas aprobadas. El Código fue adornado con rangos, estratos y uso de los inmuebles, sin embargo, los recibos no identifican los elementos con claridad sobre esta identificación. Es el único municipio en Colombia que no publica las tarifas con sus rangos correspondientes a los que tiene derecho de conocer un contribuyente y poder entender los recibos para hacer las reclamaciones del caso.
Cambio de operadores catastrales

3. Se llevó a cabo contratación para el proceso catastral con cambio de operadores, dentro de un trabajo antitécnico y sin objetividad, donde se desarrollaron actividades de homogenización subjetivas y ambiguas, evidenciando en muchos casos calificaciones del valor catastral superior al avaluó comercial y sin conocer los territorios y los bienes afectados. (No hubo visitas claras e identificación de los inmuebles) Esta situación derivó en cobros arbitrarios, desproporcionados e injustos en cuanto a que, al subir las tarifas e igualmente el avalúo catastral donde el incremento en muchos casos es por encima de 4.700%. Lo anterior, conlleva a ser un procedimiento viciado de nulidad, dado a que no se le dio a conocer a los contribuyentes con antelación ni se hicieron las debidas notificaciones, violando el derecho constitucional al debido proceso y afectando gravemente a muchos contribuyentes. Además del incremento en la liquidación del impuesto predial unificado, estos avalúos reportados a la DIAN para el año 2023, generaron otras obligaciones a los dueños de los inmuebles, puesto que se volvieron responsables del Impuesto al Patrimonio a partir del año gravable 2023, 2024 y 2025 y muchos de ellos aún no lo saben y no han realizado las debidas solicitudes de revisión de estos.
Cobro exagerado del impuesto
4. Cobro exagerado del impuesto predial hasta por encima de 3.500%. Si ahora el límite es del 100% con referencia del año anterior, para muchos contribuyentes el límite año tras año seguirá creciendo en el mismo 100% con referencia del año anterior, porque no sólo está el incremento desmesurado del avalúo catastral, sino que subieron las tarifas, muy por encima de las que traía el Código de rentas anterior y con diferencias marcadas por encima de otras ciudades capitales. (comparar con Bogotá)
Silencio a los reclamos
5. Silencio Administrativo por parte de la secretaría de hacienda y la oficina de catastro de Armenia a reclamaciones y peticiones presentadas; desde el año 2022, 2023, 2024 y 2025, al igual que respuestas evasivas, por parte de los funcionarios donde sólo se limitan a copiar y pegar las mismas respuestas, demostrando su falta de idoneidad y competencia. A muchas de las respuestas les anexan información que corresponden a otros contribuyentes.
Concejales sin conocimiento
6. Falta de conocimiento y capacidad por parte de algunos concejales de Armenia, quienes argumentan populistamente que este problema es sólo de los ricos de Armenia, demostrando su desinterés, resentimiento social, y falta de responsabilidad social con la comunidad, desconociendo los sectores económicos de la ciudad: inmobiliarios, industrial, comercial, y productivo que son los que dinamizan la economía de la ciudad y de donde derivan su sustento y el de sus familias. Los incrementos desproporcionados en los avalúos y en la liquidación del impuesto no son sólo del Norte de la ciudad, por el contrario, muchos barrios del Sur, del Oriente y del Occidente, y de zonas rurales y de las afueras de la ciudad, Lotes urbanos y rurales productivos o no, campestres y habitacionales; todos fueron afectados.
De igual forma, que se desconocieron las disposiciones que trae el estatuto de pagar por trimestres o las de la Ley que permite pagos mensuales hasta de doce meses en el año (de enero a diciembre Ley 1995 de 2019 art. 6°) sin cobro de intereses. (Como lo permiten muchos municipios y capitales). Por Resolución o por Decreto del alcalde se desconoció también el descuento autorizado por el Estatuto o Código de Rentas de Armenia, el cual autoriza un descuento del 15% y a la fecha al igual que el año anterior, solo permitió la administración municipal el del 10%. Al mismo tiempo, de forma arbitraria, sólo dan fecha de pago sin intereses hasta el 27 de junio de 2025 de este año, generando cobros coactivos dentro del mismo año fiscal y liquidación de intereses de mora.
Los rangos mínimos
7. Como se indicó antes, la norma que regula el impuesto Predial Unificado da unos rangos mínimos y un límite hasta para la determinación de tarifas que se van a aplicar al correspondiente avalúo catastral, (las cuales están entre el 1 al 16 por mil y lotes hasta el 33 por mil) y serán fijadas por los respectivos Concejos. Previo a esto los respectivos concejales de Armenia antes de su consentimiento, debieron consultar con rigurosidad y conocimiento de la ciudad, el estudio técnico que debió presentar la administración municipal para su aprobación. No se conoce dicho estudio y no existe acto administrativo que generó la tarifa con la debida notificación a los ciudadanos, ni siquiera la dan a conocer en las respectivas facturas de liquidación y cobro, y como se puede observar en ellas.

Las tarifas arbitrarias propuestas en su momento por la administración municipal fueron las más altas, cercanas a los limites superiores (entre el 9.5 y 12 por mil y para los lotes el 33 por mil), sin tener en cuenta que el aumento debe ser proporcional y que la ley marca un margen amplio HASTA de un 100% de incremento con relación al año anterior. La norma no indica que sea obligatorio este incremento, pero de forma intencional, reglamentaron las máximas tarifas y también para los lotes, con conocimiento de la norma, de que no establece límite en el incremento del impuesto para los lotes, pero no consultaron la capacidad de pago de los contribuyentes y los efectos económicos que esto implicaría para las familias.
El Estatuto Tributario
8. Conociendo uno de los artículos del estatuto tributario de Armenia que permitía un límite para el incremento del impuesto predial unificado con respecto al año anterior del 25% si se incrementaban las tarifas, (que había sucedido en realidad), si presentó la administración al Concejo por una sola vez, año 2023, la aprobación de hacer un incremento limitado en el pago del impuesto predial unificado al 35%, (Acuerdo 261 de diciembre de 2022), lo que indica que a conciencia si se pueden establecer límites por debajo del 100%, pero el interés de la actual administración municipal, es el recaudo desmesurado y no atender las necesidades de la comunidad ni sus reclamos.
Embargo de cuentas
9. Embargo de cuentas: de manera arbitraria sin notificar, ni permitir que se presenten acuerdos de pago y sin el debido proceso muchos contribuyentes de la ciudad tienen sus cuentas bancarias sin discriminación embargadas por no sólo deudas de años anteriores sino del año 2024, dentro del mismo año fiscal, cuando la misma norma permite hacer los pagos mensualizados sin intereses.
Usos económicos
10. De igual forma, hay evidencia de la Base desactualizada de usos económicos al igual que aparecen predios con avalúos que no les corresponde y que a pesar de estar identificados y sectorizados se les cobra por debajo de lo que les correspondería al aplicarles la tarifa correspondiente. Esto indica que el trabajo que hicieron de la oficina de catastro, y todos los millones que le costó al municipio, no fue el mejor, porque es muy diciente que aparezcan inmuebles con liquidación del impuesto de Predial Unificado y la sobretasa por un valor de $ 4.750
Respuesta del Gobierno
El alcalde James Padilla García respondió el pasado viernes a las inquietudes ciudadanas y decretó plazos para el pago del impuesto, sin cobro de intereses. En ese sentido, el último plazo, que estaba para el ultimo día del mes de junio de 2025, quedo regulado para el último día del mes de diciembre de ese mismo año.
Revocatoria
Al interior de los grupos que se han organizado, inconformes con el aumento desproporcionado del impuesto predial en Armenia, ha circulado la propuesta de una revocatoria del mandato al alcalde James Padilla García. Algunas personas empezaron a organizar el tema legal y jurídico para aterrizar esta propuesta.