Supersalud actualiza circular de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo

La circular establece con claridad que el servicio de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) debe ser prestado de manera integral, en todos los niveles de atención y en todo el país
15 agosto 2024 10:57 pm
Compartir:

La Superintendencia Nacional de Salud emitió una nueva Circular externa que garantiza el acceso, calidad e integralidad en la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en Colombia. Este nuevo documento establece directrices claras para que las EPS, IPS, Entidades Territoriales y otras entidades vigiladas puedan garantizar la prestación óptima del servicio de IVE, en cumplimiento con los estándares establecidos por la Corte Constitucional en las sentencias C-055 de 2022, C-355 de 2006 y SU-096 de 2018.

El Movimiento Causa Justa celebró la expedición de la nueva Circular externa 2024150000000009-5 de 2024 por parte de la Superintendencia de Salud, al considerar que esta medida busca eliminar barreras de acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y garantizar la prestación óptima del servicio. «Esperamos que los prestadores y demás actores del sistema de salud acaten las instrucciones establecidas en la circular,» afirmó Laura Castro González, coordinadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres y vocera del movimiento Causa Justa.

La circular establece con claridad que el servicio de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) debe ser prestado de manera integral, en todos los niveles de atención y en todo el país. Su objetivo es asegurar que mujeres, niñas, adolescentes, hombres trans y personas no binarias no enfrenten barreras de acceso debido a fallas administrativas, discriminación o objeción de conciencia inconstitucional. Además, se destaca la importancia de que los actores del sistema de salud garanticen la privacidad de las pacientes y de sus historias clínicas para evitar la criminalización por el delito de aborto.

En Colombia, el aborto está despenalizado hasta la semana 24 desde 2022, gracias a la Sentencia Causa Justa (C-055 de 2022).  En ese sentido, la emisión de la nueva circular permitirá que el servicio sea prestado de una forma digna y respetuosa, y así mismo, establece un compromiso en la eliminación de barreras administrativas de acceso.

La circular 003 de 2013: un antecedente fundamental

En 2013, la Superintendencia Nacional de Salud estableció, en su momento, directrices para garantizar que la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) se realizará de manera adecuada y segura en Colombia. Esta normativa aplicaba a prestadores de salud, EPS, entidades territoriales y otras instituciones, y estaba alineada con la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto en tres causales (malformación, violencia sexual y cuando estaba el peligro la vida y/o salud de la mujer).

La circular exigía que los servicios de IVE se prestaran bajo los principios de integralidad, calidad y acceso, asegurando que las mujeres accedan sin barreras burocráticas ni discriminación. Además, se subrayaba la importancia de la capacitación del personal de salud y la prestación de un servicio integral que incluyera consejería, atención psicológica y acceso a métodos anticonceptivos. La nueva circular actualiza las directrices antes recogidas en la circular 013 de 2013 y se alinea con las Sentencias C 055 de 2022, SU 098 de 2018 y C 355 de 2006.

El Quindiano le recomienda