Gobernador paga su defensa personal por demanda electoral con dineros del Estado

19 julio 2024 11:25 pm

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El gobernador del Quindío Juan Miguel Galvis le dio poder a un contratista de su administración para que lo defendiera de la demanda electoral que en su contra fue impetrada desde el mes de diciembre de 2023 por el abogado Jesús Antonio Obando Roa, por el presento delito de doble militancia.

El abogado defensor del gobernador ante el Consejo de Estado es el señor Ricardo Andrés Jaramillo Lozano, a quien el mandatario le otorgó poder para tal oficio, es también contratista de la secretaria de Representación Judicial y Defensa del Departamento del Quindío desde el 11 de enero de 2024 – a través del contrato de prestación de servicios profesionales #179 de 2024, con plazo de ejecución de ciento veinte días (120) calendario.

La denuncia la hizo el propio abogado demandante Obando Roa, quien suscribió documento de recusación contra el gobernador a quien le pidió sustituir o revocar de manera inmediata el poder otorgado al Dr. Ricardo Andrés Jaramillo Lozano –“ al no declararse impedido como era su deber legal para asumir la defensa ante el Consejo de Estado de la demanda de nulidad electoral que existe en contra del señor Gobernador, incurriéndose así en las causales de recusación señalas en los numerales 4 y 5 del Artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 que conllevó a un conflicto de interés”.

Igualmente, Obando le pidió “al señor Dr. Ricardo Andrés Jaramillo Lozano, se sirva renunciar al poder especial otorgado por el señor Gobernador del Quindío – para la defensa de la acción de nulidad electoral que existe contra el señor Gobernador del Quindío del cual es conocedor ampliamente”.

Finalmente, dice el demandante Obando en su escrito de recusación: “como consecuencia de lo anterior, y ambos estar incursos en conflicto de interés tal como lo pregona el Artículo 11 en sus numerales 4 y 5 de la Ley 1437 de 2011 por lo tanto solicito con el debido respeto, se sirvan oficiar, enviando la presente recusación y del conflicto de interés en que incurrieron el Gobernador Juan Miguel Galvis y su contratista y apoderado a la vez, Dr. Ricardo Andrés Jaramillo Lozano, ante el Honorable Consejo de Estado – Sección Quinta – donde se tramita el proceso de nulidad electoral – radicado: 11001-03-28-000-2024- 00040-00, Magistrado Ponente Dr. Luis Alberto Álvarez Parra, con el propósito de evitar la contaminación del proceso y no continuar quebrantando los principios de transparencia, moralidad e imparcialidad”.

Como consecuencia del contrato en mención y del poder otorgada por Galvis a Jaramillo, se puede afirmar que “ambos el Gobernador y el contratista apoderado pusieron el aparato de la Secretaría de Representación Judicial y Defensa del Departamento, al servicio de una acción electoral contra la elección del Gobernador del Quindío”, según explica el ciudadano demandante Jesús Antonio Obando Roa.

El señor Obando Roa aportó en su escrito de recusación los dos principales documentos: el contrato 179 del 11 de enero de 2024, al abogado Ricardo Andrés Jaramillo Lozano, y el poder especial que el gobernador Galvis le da a Jaramillo para su defensa en este caso personal de la acción electoral por presunta doble militancia.

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