Creando ciudadanía I

29 octubre 2017 1:21 am

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Está en el imaginario y lógica colectiva, que las normas jurídicas buscan regular las relaciones entre las personas y, entre estas y el Estado. Un profesor mío diría de forma poética que el derecho es “vida humana objetivada”, lo que se traduce en límites del actuar.

Esta referencia la hago porque sin cumplirse aún un año desde que entró en vigencia el nuevo Código de Policía, parece que una norma que invita a la convivencia, está generando innecesarios choques entre los ciudadanos y la autoridad de policía en todo el país.

Lo primero es que como buenos latinos, las normas que nos rigen deben ser prohibitivas y expresas, pues somos dados a pensar que lo que no está prohibido es porque está permitido, y por eso toca indicar en una ley que no se puede orinar en la calle o que no se puede pelear en público, que no se puede someter al vecino de abajo a una parranda de alto volumen o botar la basura en la calle. Lo que es de elemental lógica de comportamiento, toca escribirlo o si no hacemos lo que nos venga en gana.

Todo eso nos da para suponer que el Código de Policía no trae nada nuevo, que es lo mismo que nos enseñaron siempre como que las paredes no se deben rayar, que las cosas ajenas se respetan y un largo etcétera. Pero entonces ¿porque los ciudadanos entran en conflicto con la Policía a la hora de la aplicación? Y creo que precisamente en la palabra aplicación está la clave, por lo que podemos suponer que existe todavía una inmadurez institucional de la Policía para aplicar la norma.

Sin duda lo que sí es nuevo, son las facultades que se brindan a los miembros de la Policía Nacional para actuar in situ, es decir que es un procedimiento corto y subjetivo en que el Policía valora y sanciona allí mismo, lo que no escapa a la tentación de abusar de esa enorme ventaja.

Y es que por ejemplo, la norma que tipifica como contravención el consumo de alcohol en la vía pública, tiene el propósito de evitar riñas o que grupos se concentren en parques o calles a embriagarse, perturbando la tranquilidad de los habitantes del sector pero, si usted decide un sábado caluroso salir a pasear el perro y en la mano lleva una cerveza, inmediatamente se expone a la misma sanción y lógicamente corresponde al Policía determinar subjetivamente si sanciona o no.

Este análisis tiene que ver con el futuro de nuestras sociedades, porque parece que todo lo que no podemos controlar simplemente lo prohibimos. La policía tiene institucionalmente la enorme tarea de educar a sus miembros en la aplicación del Código de Policía y de paso en el de tránsito terrestre, no es posible que todavía los agentes se indignen porque usted graba un procedimiento, cuando es legítimo para evitar que se violen in situ derechos fundamentales, es más, la obligación debería ser precisamente grabar.

Nos queda un trecho por recorrer entre el cumplimiento ciudadano y las facultades de los miembros de la policía, hay que ser mas: “en que le colaboro agente”, en vez de: “usted no sabe quién soy yo”, creo firmemente que mejorando el trato vamos a lograr educación mutua frente a la conducta pública.

El Código de Policía no es solo una herramienta para los uniformados, leerlo no le hace daño al ciudadano de a pie y por el contrario, se entera de las obligaciones pero además de los derechos que tiene.

 

 

 

 

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