Es un hecho que las emociones imperan al momento de tomar decisiones, una muestra de esto, fue la decisión que tomó el país el pasado 17 de junio en las elecciones presidenciales. Durante todo el recorrido electoral, las diferentes campañas despertaron diversos sentimientos que motivaron al electorado a tomar bando por alguna de las opciones; entre la esperanza, el miedo y el resentimiento salió electo un nuevo presidente para Colombia.
Teóricamente, en Colombia se elige programáticamente, esto quiere decir que el principal criterio para votar se basa en el programa de gobierno que el candidato radica al momento de inscribirse. El vacío legislativo, es que según el Artículo 259 de la Constitución de 1991 y la Ley 131 de 1994, sólo están sujetos a la revocatoria del mandato por el incumplimiento del programa de gobierno los que sean elegidos alcaldes y gobernadores.
Lo anterior se traduce en una carencia de mecanismos para exigir el cumplimiento programático del ejecutivo, es decir que la hoja de ruta que propone un candidato presidencial en campaña contiene sólo acuerdos de papel, que en últimas ni es vinculante ni ofrece argumentos de peso para el elector. Lo que los ciudadanos terminan eligiendo, es un sistema de tendencias influenciadas por diferentes factores, como las circunstancias del país o de determinados territorios, las opiniones hegemónicas en redes sociales y los contenidos de medios de comunicación, entre otros.
Entre esos otros, las emociones ocupan el primer lugar, ellas se van formando en el elector como consecuencia del cúmulo de algunos agentes, como los mencionados, que si bien no crean un criterio, son el puente por medio del cual establece la simpatía con el candidato, con el que finalmente se identifican para darle el voto.
La ‘esperanza’ ganó las elecciones presidenciales en Colombia, la misma emoción que ganó en 2010 con la elección de Juan Manuel Santos; y es que ese sentimiento mesiánico está tan arraigado en la cultura política del país que los electores ven en la figura de un político, más que un funcionario que debe cumplir ciertas disposiciones constitucionales y legales, a un salvador.
Las 28 funciones a las que se debe regir el Presidente de la República están comprendidas en el Artículo 189 Superior, su figura obedece a las competencias de jefe de Estado, jefe de gobierno y suprema autoridad administrativa, este es su radio de acción. Regido al modelo de contención del poder al que se sujeta el país, sus funciones no son plenipotenciarias y el Congreso de la República juega un papel protagónico para los destinos del Estado.
Lo cierto de todo, es que por lejos, el país que gobernó Álvaro Uribe Vélez, no es el mismo que gobernará Iván Duque Márquez los próximos cuatro años. A pesar de que la esperanza de la nación esté puesta en Duque por el antecedente que Uribe representa, el contexto del país es diferente en su dimensión nacional, regional e internacional.
Santos entrega un país que se acomoda a cambios paulatinos, este es el reto de Duque, el futuro de lo pactado en la Habana es sólo una parte de la agenda. La posición que Colombia asuma frente a Venezuela, los retos regionales que implica su incorporación a la OCDE, y estar a la altura de ser el único Estado latinoamericano que tiene estatus de socio global de la OTAN, son algunos de los verdaderos desafíos a los que Duque se enfrenta.