sábado 8 Nov 2025
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MOVILIZACIÓN POR LA VIDA Y LA PAZ EN EL QUINDÍO

12 junio 2020 11:12 pm
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Van dos semanas del mes de junio y ya se han registrado tres hechos sumamente graves en materia de derechos humanos que al parecer no despiertan atención de las autoridades del departamento. El 1 de junio fue asesinada la vicepresidenta de la Junta de Acción Comunal -JAC- del barrio Patio Bonito Alto de Armenia[1], el 5 de junio circularon panfletos amenazantes en veredas del municipio de Salento con autoría de las AUC[2] y el 10 de junio fue amenazada la presidenta departamental del partido MAIS[3].

Dichos sucesos deben activar protocolos especiales y alertar a la sociedad quindiana por dos razones. Primero, porque quien fue ultimada en Armenia ejercía roles de liderazgo local en una JAC, por tanto, su condición de sujeto de especial protección -mujer y lideresa-, debe ser un elemento clave en la investigación del móvil. Asimismo, la amenaza a la presidenta del partido MAIS debe ser investigada en clave de su condición de mujer, de indígena y de su liderazgo político.

Y segundo, porque los panfletos amenazantes plantean el control territorial y una campaña de limpieza social por parte de las AUC en jurisdicción del municipio de Salento. Situación que agrava las muertes[4] y amenazas previas que se han presentado en dicho municipio[5] y en otros[6].

Así las cosas, y en relación a la grave crisis humanitaria que vive Colombia, dichas amenazas no deben ser investigadas con ligerezas. Deben ser investigadas en perspectiva de prevención, construcción de paz, seguridad humana y de derechos humanos.

En consecuencia, es urgente la adopción de medidas específicas del Acuerdo de Paz -AP- en el Plan de Desarrollo Departamental del Quindío y en el Plan de Desarrollo Municipal de Armenia -ambos aprobados-, que permitan prevenir violaciones de los derechos humanos en el territorio.

Propongo las siguientes herramientas. El CONPES 3932[7] el cual contiene la ruta de implementación a nivel territorial del AP, especialmente lo relacionado a las medidas de seguridad para el ejercicio de la política, el decreto 1581 o política pública de prevención de violaciones a los derechos humanos[8], el decreto 2252[9] que versa sobre la labor del gobernador y alcalde en relación con la protección individual y colectiva de líderes/as y defensores/as de derechos humanos, y el CONPES 3931 que establece la política para la reincorporación social y económica de excombatientes[10]. Sumando a la reactivación de los consejos de paz de Armenia y del Quindío.

En consecuencia, implementar el AP en las políticas públicas del departamento no sólo es una obligación de todas las instituciones del Estado, sino que debe ser una prioridad de incidencia y movilización ciudadana. Lo anterior, permitirá que las dinámicas del conflicto armado -aún vigente en Colombia- no sigan reconfigurando la conflictividad territorial, la violencia política y la presencia de actores armados ilegales en el departamento del Quindío.

 

[1] Ver en:http://https://180gradosquindio.com/un-millon-de-pesos-le-robaron-a-mujer-asesinada-en-el-barrio-patio-bonito-alto-de-armenia/

[2] Ver en: https://www.elquindiano.com/noticia/19288/panfletos-de-las-auc-aparecieron-en-salento

[3] Ver: https://www.cronicadelquindio.com/noticia-completa-titulo-amenazaron-a-la-presidenta-departamental-del-mais-nota-139752

[4] A propósito de la muerte del líder indígena Constantino Ramírez Bedoya. Ver: https://www.cronicadelquindio.com/noticia-completa-titulo-asesinan-a-lider-indigena-en-calarca-cronica-del-quindio-nota-133684

[5] Ver en: https://www.elquindiano.com/noticia/17376/preocupacion-en-vereda-cocora-de-salento-por-la-aparicion-de-panfleto-con-amenazas

[6] Ver en: http://www.indepaz.org.co/wp-content/uploads/2018/03/AT-N%C2%B0-026-18-Defensores.pdf

[7] Ver en: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3932_Anexo%20B_Plan%20Marco%20de%20Implementaci%C3%B3n%20(PMI).pdf

[8] Ver en:http://https://www.mininterior.gov.co/sites/default/files/decreto_1581_de_2017_2_0.pdf

[9] Ver en: http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%202252%20DEL%2029%20DE%20DICIEMBRE%20DE%202017.pdf

[10] Ver en: http://www.reincorporacion.gov.co/es/documents/conpes_finlal_web.pdf

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