Revictimización a la vista

8 septiembre 2023 5:31 am

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Fernando Elías Acosta González *

En el marco de su responsabilidad social institucional, un grupo interdisciplinario de profesionales liderado por el Colegio de Abogados del Quindío, se desplazó hasta el predio Altagracia de la vereda Río Lejos del municipio de Pijao, con el propósito de verificar sobre el terreno, lo que “de oídas” (como se dice en el argot jurídico), se había escuchado acerca de las pésimas condiciones que se evidenciaban en el Resguardo Tata Drúa-pueblo indígena Embera Chamí, que por cumplir con las condiciones y los requisitos de ley,  fue constituido como tal el 23 de septiembre de 2021 mediante el Acuerdo 179 de la Agencia Nacional de Tierras. Allí habitan cerca de 30 familias y más de un centenar de personas entre niños, jóvenes, adultos y adultos mayores.

Lo hallado en el lugar, motivó a un más el deseo de los actores comprometidos a redoblar los esfuerzos y las acciones tendientes a seguirlos apoyando, acompañando, guiando y asesorando, en la búsqueda de soluciones a la falta de energía eléctrica, saneamiento básico, viviendas e instalaciones dignas para la escuela que allí funciona.

En el marco de estos propósitos se tuvieron contactos y acercamientos iniciales con el secretario de Planeación del departamento, el gerente de la empresa Proyecta Quindío, el gerente de la Edeq y sus inmediatos colaboradores, así como con el saliente secretario de Agricultura, el técnico de la Agencia Nacional de Tierras que para entonces estaba asignado para esa región, así como con el funcionario contratista que trabaja desde la gobernación para proyectos relacionados con extensión eléctrica.

Para poder iniciar acciones encaminadas a atender la necesidad de energía eléctrica en el citado sector, la Edeq estableció dos condiciones fundamentales: de un lado, que el predio estuviera legalizado. Situación que se probó con las respectivas escrituras, las cuales están a nombre de la Agencia Nacional de Tierras. En segundo término, que se certificara por parte de la alcaldía, a través de la secretaría de Planeación que el predio no presentaba restricciones ambientales o geológicas.

Dos directivos del Colegio de Abogados del Quindío se reunieron personalmente con el mandatario local y el titular de planeación, con el fin de solicitarles que se diera trámite a la expedición de dicho documento. El segundo de los citados aclaró que debía hacerse la petición por parte de la Agencia Nacional de Tierras y no por el gobernador indígena, por cuanto ellos no eran los propietarios.

Ante dicha situación, se sostuvo una reunión con el subgerente de la Edeq y varios funcionarios para disipar dudas al respecto. La abogada Jinneth Marulanda Zapata, secretaria general, aclaró en esta oportunidad que, frente a la situación planteada y los actores involucrados, “cualquier ciudadano podía solicitar dicha constancia sin restricciones de ninguna índole”.

A raíz de ello, la administración municipal accedió a dar el trámite correspondiente, dando a la postre una respuesta que a criterio de todos los interesados, estaba salida de toda lógica. En esencia, según el gobierno de Pijao, ciudad sin prisa, allí no es viable la provisión de energía eléctrica, saneamiento básico, viviendas ni escuela dignas. Eso no tiene otro nombre que revictimización.

A propósito y en respuesta al gobernador del resguardo, Luis Evelio Tamanisla, por las dudas que dejaba la decisión de la alcaldía, en uno de los apartes, la ANT dice en forma categórica: “no existió ninguna decisión caprichosa ni arbitraria, por parte de la Agencia Nacional de tierras para la compra del predio, por el contrario, se tuvo en cuenta la postulación realizada por la comunidad indígena para su adquisición, la priorización de la ONIC; además de los conceptos emitidos por las entidades competentes del uso adecuado del Suelo y las determinantes ambientales que ayudarían a determinar la viabilidad o inviabilidad de obtener dicho predio para la comunidad indígena Embera Chamí Tata Drúa”. Como reza el refrán popular: “más claro no canta un gallo”.

* Colegiado.

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