LA CARRERA ADMINISTRATIVA PARA ADMINISTRAR JUSTICIA DISCIPLINARIA

26 marzo 2021 10:16 pm

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Por Jhon Fáber Quintero Olaya

La Procuraduría General de la Nación a través de diferentes medios de comunicación y redes sociales anuncio que radicó un proyecto de Ley tendiente a reformar el Código General Disciplinario. La iniciativa, según lo anunciado por el Ministerio Público, comprende 3 aspectos a saber: I) Facultades jurisdiccionales a esa entidad independiente del Estado; II) División interna de las funciones de quien acusa y juzga en sede disciplinaria y; III) Una sala de juzgamiento para garantizar la doble instancia en todos los procesos disciplinarios. De esta forma se pretende armonizar el ordenamiento jurídico interno con la Convención Americana de los Derechos Humanos.

Las discusiones alrededor de la loable pretensión no van a ser fáciles, en primer término, porque cambiar la naturaleza jurídica de una Entidad no puede ser una simple reforma legal. Las competencias, calidades y funciones esenciales del Procurador General de la Nación son de origen constitucional (artículos 275 y siguientes), por lo que la atribución de funciones jurisdiccionales vía legal puede ir en contravía de una previsión constitucional y, particularmente, del espíritu mismo de la Carta Política. Es decir, la constitucionalidad de la potencial decisión legislativa amerita profundas reflexiones.

En igual sentido, la ubicación jurisdiccional del procedimiento disciplinario requiere de una serie de medidas para que sea efectiva la protección de derechos y garantías. El cambio funcional implica la autonomía e independencia de los titulares de la potestad disciplinaria. Sin estos atributos, propios de la administración de justicia, no resulta posible transformar verdaderamente el derecho disciplinario en un modelo de justicia acorde a los artículos 228 y siguientes de la Constitución. La estabilidad laboral es presupuesto de estas dos condiciones axiológicas de la labor judicial.

La carrera administrativa (o judicial ya) es necesaria, entonces, en el nuevo sistema. Jueces disciplinarios que pueden ser removidos discrecionalmente por la señora Procuradora General de la Nación, quien es su nominadora, no van a tener el ambiente ideal para el ejercicio objetivo, imparcial y autónomo del poder judicial. El artículo 125 de la Constitución de manera categórica inicia expresando que “los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera”; mandato que a nivel judicial cobra especial importancia, al tiempo que la carrera judicial es ejemplo de nuestra función pública.

Los empleados públicos vinculados por libre nombramiento y remoción pueden ser desvinculados en forma discrecional. El Consejo de Estado ha planteado que “la discrecionalidad es un poder en el derecho y conforme a derecho, que implica el ejercicio de los atributos de decisión dentro de límites justos y ponderados”, pero que en cualquier caso permite a funcionarios públicos ser despedidos por la unilateral decisión del ordenador del gasto. Estos poderes discrecionales en la nominación de jueces disciplinarios pueden incidir en la autonomía e independencia de quienes quienes investigan o deciden la restricción de derechos políticos en Colombia.

Por tanto, esta reforma, hasta ahora funcional, trae consigo la necesidad de una serie de cambios administrativos como la impostergable realización de concursos para proveer los empleos públicos de quienes investigan y juzgan funcionarios públicos. La carrera administrativa (o judicial) en la Procuraduría General de la Nación contribuirá al cumplimiento de órdenes constitucionales y a la creación de un sistema judicial disciplinario más acorde a las disposiciones constitucionales y convencionales existentes sobre la materia, así como al fortalecimiento del precedente y la seguridad jurídica.

Adenda: ¿Qué sucederá entonces con el proyecto de Ley presentado por el Ex Procurador Fernando Carrillo con fines similares?; ¿Solamente será archivado sin ningún tipo de discusión? Las ideas del pasado sirven para construir el presente y sería bueno revisar las potencialidades de esta propuesta para fortalecer el esquema propuesta por la doctora Margarita Cabello Blanco, actual Procuradora General de la Nación.

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