Un empleado público, en ocasiones, debe resistir un mayor escrutinio a su vida privada. Un Alcalde, Gobernador o Presidente cuenta con una dignidad especial, es decir, un cargo del cual no se desprende ni en escenarios sociales, por lo que el decoro y el ejemplo deben ser constantes en su comportamiento. La intimidad, por ende, debe ceder temporalmente y el sacrificio personal y familiar hace parte de un bien mayor o colectivo.
Sin embargo, la condición de Jefe de Estado no priva del ejercicio de derechos, máxime cuando sus afectados son los más cercanos. El buen nombre como prerrogativa constitucional no distingue respecto de la condición personal del ciudadano, sino que simple y llanamente implica un respeto social, salvo las situaciones sobrevinientes de orden legal. Este derecho es relevante y tiene una doble dimensión: I) Por un lado la posibilidad de hacerse exigible de todo el contexto, y; II) El deber correlativo que asiste al conglomerado por no afectar el buen nombre del individuo. Como diría Bauman: “en este planeta, todos dependemos el uno del otro, y nada de lo que hacemos o dejemos de hacer es ajeno al destino de los demás”.
Por ello resulta infame la condena social a la que han sido sometidos el hijo y el hermano del Presidente de la República. Hasta los extractos bancarios de uno de ellos han sido publicados bajo el soterrado sofisma de la libertad de prensa y sin el más mínimo respeto por la presunción de inocencia. Las acusaciones, hasta ahora, no han sido validadas por las autoridades judiciales y ya se hace un linchamiento colectivo como si se tratara de una verdad absoluta. Los hermanos, hijos, sobrinos, abuelos, nietos y tíos se ven afectados también sus vidas por cuentas de las ligeras apreciaciones de los hogares influenciados por los medios de comunicación.
El hermano del Presidente es cuestionado por ofrecimientos de dádivas en la política pública de Paz Total. Hasta ahora no se ha allegado una sola declaración o medio de prueba que permita establecer que esta circunstancia tiene el más mínimo contenido de veracidad. De hecho, la Fiscalía no ha vinculado a Juan Fernando Petro a una indagación preliminar, sino que lo ha entrevistado, al tiempo que bien puede tener la condición de víctima. ¿Acaso si alguien más utiliza el nombre, sin autorización de alguien, para cuestionables móviles eso ya hace responsable al ser humano instrumentalizado?
Las reflexiones deben estar acompañadas de objetividad y la expresión de responsabilidad. La Corte Constitucional diría que: “el juez debe ponderar los derechos en tensión cuando se origine un conflicto por publicaciones difundidas a través de internet, para establecer si la libertad de expresión debe ceder en el caso concreto, y adoptar siempre el remedio judicial que resulte menos lesivo para ésta”, pero también “cesar la vulneración de derechos advertida, y el restablecimiento de los mismos, si ello fuera posible”. En la actualidad el impacto de un mensaje es mucho más grande que en el pasado porque las redes sociales permiten un mayor alcance de una idea, haciendo que la esencial interconexión ciudadana llegue al ciberespacio. Por ello, al menos debe reflexionarse con lo que se hace en cada publicación. En el caso de Juan Fernando Petro ello no ha sucedido.
Por el otro lado, el hijo del Mandatario es acusado por su ex esposa del recibo de dineros de dudosa procedencia; situación de una gravedad significativa, pero que también debe ser investigado por quien corresponde. La filtración parcial y estratégica de mensajes de datos a la opinión pública impide el discernimiento sobre el origen, autenticidad, contexto y demás factores propios del estudio de la prueba documental en escenarios jurídicos. La señora Day Vásquez ya declaró ante la Fiscalía y el ejercicio del derecho de defensa puede permitir una sana controversia, pero alejada de los reflectores. La instrumentalización del derecho y particularmente del derecho penal con fines políticos es riesgosa, incluso para quienes bajo la soterrada guillotina moral pretenden afectar la gobernabilidad del Presidente Petro.
No se puede convertir el escrutinio familiar en un apocalipsis al buen nombre. José Saramago dijo alguna vez que “el tiempo es un maestro de ceremonias que siempre nos pone en el lugar que nos compete” y en este caso corresponde a las autoridades definirlo y no al no siempre justo control social.
Jhon Faber Quintero Olaya