Derecho a objetar la ley de la JEP

25 febrero 2019 2:43 am

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Se han dicho muchas cosas a propósito de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) y las objeciones presidenciales:

 No es verdad que el presidente Duque no tenga facultad constitucional para objetar un proyecto de ley estatutaria. Aunque hacer las leyes es la función fundamental del Congreso, el Ejecutivo participa en su creación a través de su facultad de objetarlas y su poder de sancionarlas y, después, con la promulgación de la mismas. En efecto, cuando un proyecto de ley es aprobado por el Legislativo, pasa a estudio del Presidente, quien podrá objetarlas parcial o totalmente por inconstitucionalidad (razones estrictamente jurídicas) o por inconveniencia (motivos políticos). Si no objeta, deberá sancionar y promulgar la ley. Si objeta, el proyecto de ley vuelve al Congreso para un nuevo estudio. Si el Congreso no acepta las objeciones presidenciales por una mayoría de al menos la mitad más uno de los miembros de cada Cámara, el Presidente está obligado a sancionar la ley. Ahora bien, como en las leyes estatutarias la Corte Constitucional hace un examen previo de constitucionalidad, sobre ellas la objeción presidencial solo podrá hacerse por inconveniencia. Así las cosas, la facultad presidencial de objetar es parte del sistema de equilibro de las democracias, del sistema de frenos y contrapesos entre las distintas ramas del poder público.

 No es cierto que el Presidente no pueda objetar la ley estatutaria de la JEP porque su expedición sería un compromiso de “Estado”. Primero, porque los asuntos relacionados con la finalización de un conflicto armado son estrictamente del Ejecutivo, no de todo el Estado colombiano, de manera que los compromisos que asume el Presidente no obligan al Congreso o a la rama judicial. Segundo, porque esos compromisos obligan solo al Gobierno que los asume, pero no a los que lo suceden en el poder. Si obligara a los gobiernos sucesivos, estaríamos en una dictadura y no en una democracia. Tercero, porque los pactos con las guerrillas son acuerdos políticos, no normas jurídicas. Para que sean “ley” deben realizar los trámites pertinentes para su formación. Ahora, cuando el contenido de esos pactos se introduce en la Constitución o en las leyes, ahí sí obligan no solo a los gobiernos que siguen sino a todos los ciudadanos, pero no por los pactos en sí mismos sino por ser parte del ordenamiento jurídico. Cuarto, porque además en el caso de la JEP su origen es espurio: en el plebiscito ganó el NO y el supuesto nuevo acuerdo nunca fue sometido a consideración de los ciudadanos. El conejo a la democracia fue monstruoso.

 Algunos, por ignorancia o por mala fe, han sostenido que si Duque objetara la ley estatutaria de la JEP incurría en “perfidia”. La perfidia es una infracción al DIH en la que se engaña el enemigo para tomar una ventaja militar, haciéndole creer que debe prestar una protección humanitaria a la que en realidad no está obligado. Un ejemplo típico es usar ambulancias para transportar equipo o material de guerra. En el caso que nos ocupa no hay ventaja militar ni tampoco engaño. Las Farc sabían que lo pactado con el Santos debería llevarse al ordenamiento jurídico, siguiendo las normas constitucionales para ello, y que era posible que lo acordado tuviese modificaciones, como efectivamente ha ocurrido. Además aceptaron llevar el pacto a un plebiscito que perdieron.   

 Además del derecho de objetar, Duque tiene la legitimidad para hacerlo. Por un lado, como señalé arriba, porque el No ganó en el plebiscito. Por el otro, porque dentro de sus propuestas de campaña estuvo modificar la JEP. De hecho, al inicio de la misma fue aún más agresivo y propuso eliminarla. Después moderó su posición a la de proponer cambios. Como sea, sus electores votaron por esos cambios.

Por último, se sostiene que las objeciones pondrían en peligro la unidad nacional en torno de “la paz”. Un sofisma: en realidad esa supuesta unidad nunca ha existido. La hay en cuanto todos queremos la paz, pero nada ha sido más divisivo y polarizante que el pacto con las Farc y su implementación. No cabe duda de que si Duque objetara la ley de la JEP muchos se molestarían. Pero tampoco de que si no lo hace otros tantos quedarían enojados. Y en este caso, peor, los enojados serían sus electores. 

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