El municipio de Armenia debe invertir lo más pronto posibles recursos para realizar estudios geológicos que permitan un mejor conocimiento sobre los límites exactos y el comportamiento de la falla Armenia. Así lo ordenó el juez Primero Administrativo Oral del Circuito, quien dijo que el numeral 8 del Artículo 104 del Plan de Ordenamiento Territorial (Acuerdo 019 de 2009), que ordena tales estudios, no se está cumpliendo.
A pesar de que la norma tiene ya una vigencia de 8 años, dicho numeral no se ha cumplido y el gobierno municipal no ha realizado estos estudios, que se consideran urgentes por estar la ciudad en una zona de alto riesgo sísmico, por los efectos que puede traer la vulnerabilidad que implica estar asentados sobre la falla Armenia.
La decisión la tomó el Juzgado Administrativo Oral del Circuito, tras una demanda impetrada por la Procuraduría Ambiental y Agraria de Armenia, encabezada por el abogado Carlos Arrieta. El procurador argumentó en su libelo que el municipio de Armenia no había cumplido la norma citada, sabiendo que en diciembre de 2015 había vencido el corto plazo para su aplicación.
En la contestación a la demanda, el gobierno del alcalde Carlos Mario Álvarez argumentó que en esta administración, “el municipio empezó a hacer parte del planteamiento de un estudio de armonización de microzonificación sísmica, en el cual se incluyen los estudios geológicos de la falla Armenia, el ejercicio promovido por la secretaría de Planeación del departamento para los 12 municipios del Quindío, en el cual el municipio destinó aproximadamente $150 millones para la firma del convenio, que permita la elaboración de la cartografía básica de gestión del riesgo”.
Sobre el particular, el secretario de Planeación Departamental Álvaro Arias Young dijo a EL QUINDIANO que había ya tres firmas colombianas contactadas para que presentaran sus propuestas para la formulación de un plan general del riesgo en los municipios del Quindío.
En su sentencia, el juez precisa que existen apropiaciones presupuestales en el municipio de Armenia que incluyen estos temas, pero no hay especificado un valor del costo de los estudios geológico. Sin embargo, es necesario dar inicio al estudio, con lo que se encuentra presupuestado para la presente vigencia y apropiar los recursos para que en el 2018 se puedan continuar, sostiene el documento judicial.
El objetivo de la demanda de la Procuraduría es mitigar el riesgo que puede estar latente en la existencia de la falla Armenia, lo que está claramente definido en el numeral 8 del Artículo 104 del POT, pero que no se cumplió, pues el corto plazo para los estudios geológicos terminó en diciembre de 2015. Hay que determinar cuál es el eje real de la falla y su zona de afectación, para mitigar los riesgos, como lo manda la norma, pero los estudios no se han contratado.