Fue sancionado el Decreto 1648, con el que se busca fortalecer los procesos en materia de velar por el juego limpio en el país.
El decreto reglamenta las responsabilidades de las entidades involucradas con el deporte en relación con las medidas de prevención y de lucha contra el dopaje, tales como Ministerio del Deporte, como líder del Sistema Nacional del Deporte, ;ONAD, como entidad representante del país ante la Agencia Mundial Antidopaje; Comité Olímpico Colombiano, Comité Paralímpico Colombiano, federaciones deportivas nacionales, estos como signatarios del Código Mundial Antidopaje; y por supuesto, los actores principales, los atletas.
Una medida que toma aún más fuerza es el Tribunal Disciplinario que cambia su estructura para favorecer la imparcialidad en la toma de decisiones, eliminar cualquier tipo de conflicto de intereses, juzgar sobre posibles infracciones descritas en el Código Mundial Antidopaje.
De igual manera se específica la metodología del proceso de toma de muestra y Autorizaciones de Uso Terapéutico, AUT, especificando la función de cada uno de los actores, el material requerido y autorizado, así como las responsabilidades de cada entidad.
Finalmente, el documento dispone las medidas que el Ministerio del Deporte debe implementar en función de informar sobre los perjuicios del dopaje en la salud y la preservación de los principios que enmarcan el deporte según lo dispuesto en el Estándar Internacional de Educación.
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