Émerson Castaño
Ha pasado más de un mes –tiempo suficiente– para que la secretaría de Educación Departamental del Quindío diera –a este columnista– respuesta de un derecho de petición solicitando copia de la resolución mediante la cual se sancionó al anterior operador del Programa de Alimentación Escolar (PAE). La respuesta nunca llegó. Quizás nunca la obtendré. Y como todos saben, la prestación del servicio de alimentación ha sido un completo fracaso en lo que va del gobierno de Roberto. Y aun no me explico el cinismo del tipo de seguir sonriendo ante su desastre administrativo.
En una denuncia que se encuentra en Fiscalía y Procuraduría, se describe lo siguiente: “…Luego de cerca de 4 meses de quejas, reclamaciones y evidencias que mostraban una prestación inadecuada de los servicios del PAE en el Quindío, la Gobernación del Quindío, a través de sus asesores jurídicos, anuncia una sanción al operador del PAE en comunicado de prensa, “Gobernación impone multa al operador del PAE por incumplimiento parcial del servicio” por la cual según resolución 4514 del 23 de junio del 2022, Sanciona al operador en un porcentaje del valor del 1% del valor total del contrato, cuando contractualmente permitía y teniendo en cuenta los reiterados incumplimientos de aplicar sanción hasta por el 10% del valor del contrato. Mostrando así una presunta benevolencia para con el operador, pero no solo por el monto de la sanción, sino porque solo está teniendo parcialmente en cuenta los motivos de incumplimientos o denuncias de posibles acciones de incumplimiento, ya que solo versó la sanción sobre unos hechos de no operación por días, pero no se amplió a la mala calidad de los alimentos, a la no asistencia técnica y demás factores de las denuncias ya citadas en este escrito…”.
Para comprender más el asunto, ¿por qué tanta benevolencia con el operador? Porque se trata de sus amigos. Y también es razonable que hubiese ocurrido esa paupérrima sanción porque con mucha anterioridad habían repartido coimas por el favor recibido. Luego, únicamente se conoce el número, el mes y el año de la resolución (4514 del 23 de junio del 2022). Además, no se sabe si en verdad la resolución existe. “La resolución no se ha podido verificar, porque la misma no es publica ya que no esta subida ni en la página oficial de la Gobernación ni en el expediente del contrato en la plataforma Secop II”, se agrega en la denuncia.
La salida del operador “Unión Temporal Unidos Somos Más Por Quindío”, se pactó bajo la ley del silencio. Evitaron que las cosas llegaran a enredos jurídicos. Y la gobernación del Quindío se comprometió en guardar secretos: uno de ellos, por ejemplo, consistía en dejar pasar certificaciones falsificadas del personal técnico del operador, en un fragmento de la denuncia se lee que quien hizo la denuncia de los certificados falsos fue el señor Will Bayron: “…denuncia penal instaurada por el señor WILL BAYRON HERRERA, de la cual se adjunta copia, acción esta que pondría al Departamento y sus representante frente a una transgresión de los principios que orientan la contratación estatal, tales como los de planeación, transparencia, responsabilidad y selección objetiva, previstos en los artículos 24, 25, 26, de la Ley 80 de 1993 y artículo 5 de la Ley 1150 de 2007…”.
La gobernación del Quindío es el principal responsable de semejante desastre. Omitió su deber moral administrativo de vigilar constantemente el programa de alimentación escolar para evitar fallas en la prestación del servicio. La gobernación, en especial la inepta de la secretaria de Educación, sabía de la incapacidad técnica del operador y, sin embargo, permitieron su continuidad. Deviene entonces “cuando se tiene el deber jurídico de impedir un resultado, no evitarlo, pudiendo hacerlo, equivale a producirlo”.
Los problemas se incrementaron cuando aceptaron un segundo operador peor que el anterior. La Unión Temporal Sinergia, tampoco era el competente para prestar el servicio de calidad. Finalmente, se agrega en la denuncia: “Se deberá revisar de manera minuciosa la cesión contractual realizada a U.T. SINERGIA por valor de $8.254.939.698,76, esto en cuenta a la legalidad de la misma y procedencia, y a las características de idoneidad, técnica, jurídicas y demás. Además de que la Cláusula VIGÉSIMA DEL CONTRATO 002 de 2022 no se aceptará cesión de los derechos económicos”.