Como parte de las jornadas Al día con la DIAN, le cumplo al país, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN gestionará $1,31 billones que adeudan un poco más de 13.000 contribuyentes que desarrollan las actividades económicas del sector de comercio al por mayor y al por menor de prendas de vestir, calzado, bolsos, libros, artículos deportivos, electrodomésticos, artículos domésticos, alimentos y bebidas, entre otros.
Al revisar los sistemas de información, la entidad evidenció que los contribuyentes con más cartera morosa desarrollan actividades como: comercio al por mayor de productos textiles, productos confeccionados para uso doméstico, (24%), comercio al por mayor de productos alimenticios (15%), comercio al por mayor de prendas de vestir (13%), y comercio al por menor en establecimientos no especializados con surtido compuesto principalmente por alimentos, bebidas o tabaco (10%), entre otras.
De acuerdo con la zona de influencia geográfica y teniendo en cuenta la cartera vencida, el 73% de los deudores de este sector se encuentran adscritos a las direcciones seccionales de Bogotá (46%), Barranquilla (10%), Medellín (10%) y Cali (7%).
Finalmente, se identificó que, el 81% de los deudores son personas jurídicas, el 12% son personas naturales y el 7% restante se encuentran catalogados como grandes contribuyentes. Se espera que, como resultado de la reactivación económica, y dada la coyuntura de la época de cierre de año, estos contribuyentes tengan la posibilidad de ponerse al día en sus obligaciones vencidas. Para esto, la entidad se encuentra en disposición de entregar la información pertinente para facilitar el pago de dichas obligaciones, y orientar a los contribuyentes con quienes se esté adelantando el proceso de cobro.
Es importante tener en cuenta que, a partir de la entrada en vigor de la Ley 2277 para la igualdad y la justicia social, y hasta el treinta 30 de junio de 2023, la tasa de interés de mora será equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario.
Acciones de fiscalización
De otro lado, en cuanto a las acciones de fiscalización, con ocasión de la época navideña se continuarán los controles a nivel nacional en centros o zonas comerciales a los contribuyentes que desarrollan actividades económicas de comercialización de bienes o prestación de servicios relacionados con esta temporada. Las visitas se adelantarán en establecimientos de comercio al por menor, con surtido compuesto principalmente por alimentos, bebidas o tabaco, de productos textiles, joyería, perfumes, calzado, juguetes, elementos deportivos y demás productos para regalo.
Así mismo, se realizarán visitas a establecimientos de servicio comercial y no comercial de alimentos. Como parte de las acciones, se verificará la obligación formal de facturar, actualización en el RUT de facturador electrónico, responsabilidad del Impuesto sobre las Ventas e Impuesto Nacional al Consumo, medios de facturación que se encuentra utilizando y en general, el cumplimiento de las obligaciones formales.
Adicionalmente, se revisará el cumplimiento de la Circular General 007 de 2022 de facturación, cuya finalidad es la de “prevenir la exigencia de requisitos adicionales al adquiriente para la generación y expedición.
En cuanto a los resultados de las acciones contra el contrabando, es importante resaltar que se han realizado más de 38.000 aprehensiones por un valor de $439.486 millones. Los sectores más representativos en términos de avalúo han sido: materias textiles y sus manufacturas; máquinas aparatos y material eléctrico, materias plásticas y sus manufacturas; calzado, polainas, artículos análogos y manufacturas de piedra, yeso, cemento, amianto (asbesto).