Transportadores de carga tienen plazo hasta el 26 de febrero para normalizar la matrícula de vehículos con omisión

30 diciembre 2022 5:21 pm

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El Ministerio de Transporte viene atendiendo los procesos de normalización del registro inicial de los vehículos de carga con omisión, adelantados por los propietarios, poseedores y tenedores de los automotores, a través del sistema RUNT.

El Ministerio recuerda a los transportadores de carga que tienen hasta el 26 de febrero para normalizar o aclarar la matrícula de los vehículos identificados con omisión en el registro inicial. 9.450 vehículos de carga tenían pendiente adelantar este proceso, de los 17.527 marcados por omisión en la matrícula entre 2017 y 2022.

Es de resaltar que de esos 17.527 vehículos matriculados entre el 5 de mayo de 2005 y el 27 de agosto de 2019 que han sido identificados con omisión en el registro inicial, se ha normalizado la matrícula de 5.776 y se ha retirado del Runt la anotación como vehículos con omisión a otros 2.331 automotores. Todos ellos presentaron los documentos para aclarar y acreditar el cumplimiento de la normatividad vigente en el momento de la matrícula.

Para subsanar o normalizar el registro inicial de los vehículos con omisión, los propietarios de los vehículos pueden utilizar uno de los siguientes mecanismos:

  1. Desintegrar otro vehículo de carga que cumpla con las equivalencias establecidas en el artículo 2.2.1.7.7.3 del Decreto 1079 de 2015.
  2. 2. Cancelar el valor de la caución que se debió constituir en el momento de la matrícula del vehículo, debidamente actualizada a la fecha de la normalización.
  3. Utilizar Certificados de Cumplimiento de Requisitos – CCR que no haya sido utilizado con anterioridad para la reposición de un vehículo de carga.

De acuerdo a lo señalado en el Decreto 1079 de 2015, modificado por el Decreto 632 de 2019, en los casos en los cuales no se efectúe la normalización del registro de los vehículos de servicio particular y público de transporte de carga, dentro del plazo previsto, es decir como máximo el 26 de febrero de 2023, los Organismos de Tránsito deberán iniciar las acciones legales tendientes a obtener la nulidad de los actos administrativos, a través de los cuales se efectuó el registro inicial del vehículo de transporte de carga que presenta omisiones en dicho registro.

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