Aldemar Giraldo Hoyos
Esta expresión se refiere al compromiso que tienen las personas, individualmente, o como miembros de un grupo u organización en beneficio de la sociedad; esta responsabilidad nos atañe a todos por igual; si somos individuos responsables nos convertimos en colaboradores, empresarios y gobernantes responsables para alcanzar empresas socialmente responsables y, por supuesto, sociedades responsables; en pocas palabras, es la obligación de responder ante la sociedad en lo general o en lo personal.
Pero, esa responsabilidad social debe operar en todos los campos y no aparece de un momento a otro; es una semilla que se siembra desde el hogar y la escuela; en estas dos instituciones sociales se aprende y se vive ese encargo o compromiso que moldeará nuestras relaciones futuras.
Vivir en comunidad, por ejemplo, exige hacer lo mejor para todos sin poner por encima el interés particular; entender que nuestros actos afectan lo particular y lo colectivo; saber que tenemos derechos y deberes para alcanzar una sana convivencia; no en vano, en los manuales y reglamentos de la propiedad horizontal se hacen precisiones y definiciones que marcan esos límites entre lo privado y lo colectivo; aunque parezca un sermón de púlpito, para poder vivir en una Propiedad Horizontal hay que tener en cuenta los derechos de los demás, valorarnos y tener dignidad para hacer valer nuestros derechos.
Responsabilidad en varias direcciones, como copropietario, como arrendatario y como administrador, incluyendo las instancias designadas para ese fin. No es responsable socialmente quien incumple con los pagos acordados por Ley o por Asamblea General, quien hace uso indebido de las áreas comunes (estacionamiento de bicicletas en pasillos, corredores, escaleras; quien coloca enseres no autorizados en esas áreas; estacionamiento de autos o motocicletas en sitios diferentes a las áreas comunes de uso exclusivo para ese fin, quien ocupa los parqueaderos para visitantes, impidiendo la prestación de ese servicio); quien imposibilita la tranquilidad y el descanso de los demás; quien no se responsabiliza de sus mascotas y pone en peligro la seguridad y la higiene.
Sobra advertir que muchos copropietarios alquilan sus inmuebles y, por ley, los arrendatarios deben pagar la renta en la forma y tiempos convenidos, como también, responder por los perjuicios ocasionados o por las infracciones al Reglamento y Manual de Convivencia. En este punto, es bueno decir que faltan a la responsabilidad social aquellos copropietarios que se desinteresan por el Conjunto, se hacen los “de la oreja mocha” y a última hora, buscan a alguien para que los represente “legalmente” en reuniones y asambleas.
De otra parte, no es responsable socialmente, quien no administra para todos y con la misma exigencia, quien toma decisiones desconociendo las instancias respectivas, quien desconoce su independencia del consejo de administración y cae en la figura de la coadministración, quien desconoce el concepto de la cultura colaborativa, quien desconoce la importancia de los procesos de educación al interior de la propiedad horizontal, quien confunde participación con la información y quien desconoce los mecanismos de conciliación.
Administradores, copropietarios, arrendatarios y funcionarios debemos ser responsables de nuestros actos y decisiones. Como decía mi abuela: “Yo soy mi vecina y mi vecino soy yo”.