El Tribunal Administrativo del Quindío denegó la solicitud de nulidad de la elección de la diputada Beatriz Elena Aristizábal Pérez, en demanda impetrada por el exdiputado Pedro León Martínez Sánchez.
Martínez elevó la demanda indicando que la diputada Aristizábal había sido elegida concejal del Municipio de Calarcá – Quindío por el partido de Reivindicación Étnica “Pre”, en las elecciones de autoridades territoriales que tuvieron lugar el 27 de octubre de 2019, para el periodo constitucional 2020-2023.
Argumento que la señora Aristizábal en su condición de concejal del Municipio de Calarcá, integrante del partido de Reivindicación Étnica “Pre”, y miembro de la mesa directiva como primer vicepresidente de dicha corporación, se inscribió dentro del término establecido en la Resolución Nro. 28229 del 14 de octubre de 2022, como candidata del Partido Conservador Colombiano para postular su candidatura a la Asamblea Departamental del Quindío en las elecciones de autoridades locales del año 2023, sin que mediara renuncia al partido que la avaló y a la curul en el Concejo Municipal de Calarcá al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones.
Frente a esta situación, de acuerdo con el demandante Martínez Sánchez, la diputada había incurrido en doble militancia, por tanto, pidió la nulidad de la elección. El Tribunal consideró que la diputada no incurrió en esa falta, pues el partido de Reivindicación Étnica “Pre” había desaparecido legal y jurídicamente, por tanto, su inscripción como aspirante del partido Conservador no riñe con las normas electorales. Por tal motivo, el Tribunal denegó la demanda.